Nuestros Servicios
Ya sea en operaciones marítimas, terrestres o aéreas, puedes contar con nuestra eficiente gestión.

Apoyo en la Gestión Aduanera completa
Simplificamos los procesos, desde la documentación requerida, hasta la entrega de la carga en destino.

Asesoría en normativa y legislación Aduanera
Actualización constante en legalidad de trámites, con el objetivo de evitar sanciones y multas.

Logística de carga
Porque el proceso no termina con la importación o exportación de la carga. Nos mantenemos atentos en todo el flujo de la operación, teniendo como punto final, la entrega de mercancía en destino.

Cálculo de Impuestos y Gravámenes Vigentes
Realizamos el cálculo exacto de impuestos y gravámenes aduaneros, basándonos en normativa actualizada, para garantizar una importación precisa y sin costos adicionales imprevistos para el cliente.

Certificaciones ante entes Reguladores (SAG / SERNAPESCA)
¿Mi mercancía requiere Visto Bueno? Le ayudaremos a internar su mercancía con las autorizaciones correspondientes.

Gestiones Documentales ante Navieras y Forwarders
Realizamos gestiones documentales esenciales ante navieras y forwarders, asegurando que la documentación de transporte esté en regla para evitar demoras y costos adicionales.
A raíz de nuestros variados clientes, y, a lo largo de nuestra experiencia, somos capaces de desenvolvernos y realizar operaciones aduaneras en distintos sectores económicos.
MAQUINARIAS INDUSTRIALES
INDUSTRIA FARMACÉUTICA
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
INDUSTRIA ALIMENTICIA
RETAIL


La primera parte del proceso aduanero es lo técnico documental. Luego, en la segunda etapa, es el área de operaciones quien lleva a cabo sus funciones. En la práctica, es una coordinación constante entre la Agencia de Aduanas, Transporte, Embarcadores o FFWW, y en general, todo ente que se vea involucrado en el proceso práctico de recibir o enviar su mercancía.
El Agente de Aduana es un profesional auxiliar de la función pública aduanera, cuya licencia lo habilita ante la Aduana para prestar servicios a terceros como gestor en el despacho de mercancías, a lo largo de todo el país.
Los viajeros pueden importar personalmente, o a través de un tercero debidamente autorizado ante Notario, mercancías hasta por un valor FOB de US$ 1.500.
La importación de estas mercancías estará afecta al pago de los siguientes derechos de aduana e impuestos:
1. 6% sobre el valor CIF o Aduanero
2. 19% de IVA , calculado sobre el valor CIF o Aduanero más el monto de los derechos de aduana
3. Otros gravámenes aduaneros, tales como sobretasas arancelarias, impuestos adicionales, tasa de almacenaje, derechos específicos, cuando procediere
La importación se formalizará mediante la suscripción de un documento proporcionado por la Aduana. Las mercancías que excedan los montos antes señalados, deberán ser importadas a través de un Despachador de Aduanas, cuyos honorarios serán pactados libremente.
Debe tenerse presente que, según su naturaleza, algunas mercancías deben cumplir autorizaciones y vistos buenos exigidos por otros organismos nacionales de control (fitosanitarios, de salud, de armas, etc), en forma previa al inicio de los trámites ante la Aduana.
Puede importar cualquier mercancía, salvo aquellas que se encuentren expresamente prohibidas por la legislación vigente, como por ejemplo: vehículos y motocicletas usadas, asbesto en cualquiera de sus formas, pornografía, desechos industriales tóxicos, entre otras.
En ocasiones, el producto a importar, por su naturaleza, puede estar sujeto a certificaciones, autorizaciones o controles de parte de algún servicio fiscalizador, por lo que es necesario obtenerlos, en forma previa, ante el respectivo organismo.
Todas aquellas mercancías que, de acuerdo a la legislación vigente, deban ser sometidas a control previo a su importación, por algún organismo del Estado.
- Vehículos usados (sin perjuicio de las franquicias establecidas en las normas vigentes)
- Motos usadas
-Neumáticos usados y recauchados
-Asbesto en cualquiera de sus formas
-Pornografía
-Desechos industriales tóxicos
-Mercancías que sean peligrosas para los animales, para la agricultura o la salud humana (por ejemplo; algunos plaguicidas de uso agrícola, juguetes y artículos de uso infantil que contengan tolueno, adhesivos fabricados en base a solventes volátiles), las que se encuentran prohibidas por Decreto del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y otros organismos del Estado.
-Otras mercancías que, de acuerdo a la legislación vigente, se encuentren con prohibición de importar.
a. El equipaje de viajero .
b. Los artículos sin carácter comercial que hubiere adquirido en el Duty Free Shop, hasta US$675.
a. No deben tener carácter comercial, entendiéndose que lo tienen cuando se traen en cantidades que exceden al uso y necesidades ordinarias del viajero.
b. Deben ingresar conjuntamente con el viajero , o dentro de los 120 días anteriores o posteriores a su arribo al país. En estos últimos casos, además, las mercancías deberán venir consignadas a su nombre en el manifiesto y/o documento de transporte correspondiente.

Casa Matriz
Esmeralda 1074 Oficina 1208 Valparaíso
Sucursal Santiago
Catedral 1009 Oficina 805 Santiago
Contactos
Contacto Casa Matriz
Contacto Sucursal Santiago